PRÉSTAMO COMERCIAL

Es un crédito para  personas naturales o jurídicas que realizan una actividad generadora de ingresos en forma independiente que realizan actividades empresariales, destinados al financiamiento de la pequeña empresa urbana y rural en los sectores de producción, comercialización de bienes y prestación de servicios.

Requisitos

  • Ser socio CSCB.
  • Persona natural mayor de edad y jurídica con antigüedad no menor a 01 año.
  • Desarrollar una actividad económica de carácter empresarial con experiencia comprobada mínima de 01 año.
  • Podrá financiarse proyectos de inversión siempre y cuando el socio mantenga una actividad económica paralela al momento de la evaluación con experiencia mínima comprobada de 01 año. Se considera como proyecto de inversión a ampliaciones de planta, renovación de maquinaria y compra de activo fijo de largo plazo.
  • El solicitante, deberá contar preferentemente con inmueble inscrito de titular o garante (local comercial, terreno, vivienda, etc.) u otorgar garantía preferida.
  • Los Estados Financieros, deberán presentar las notas correspondientes a los estados financieros, de ser necesario, y deben estar referidos a dos (2) ejercicios económicos, inmediatamente anteriores a la fecha de otorgamiento del crédito.
  • Los socios, cuando estén obligados de contar con una auditoría externa anual, de acuerdo a lo establecido en el artículo 226° de la Ley General de Sociedades, presentarán los estados financieros auditados. Asimismo, la cooperativa, podrá requerir información auditada a los socios, de acuerdo a sus políticas de control interno establecidas.
  • Flujos de caja para créditos mayor a 12 meses, teniendo en cuenta el tipo de cambio vigente y el tipo de cambio proyectado. Este último será proporcionado por la Oficina de Riesgos.
  • En el caso de grupos económicos deberá contener además la evaluación económica – financiera consolidada.
  • El expediente del deudor deberá contar con información actualizada en forma semestral de los Estados Financieros.
  • Y otros que indique la Política General de Créditos vigente de la CSCB y su Reglamentación Específica.

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TEA(%)  TEM(%) PLAZO MONTOS (MAX. HASTA)
18.15 1.40 72 Meses 550.000

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No contamos con el fondo de seguros de depósitos (Ley 26702). Tus ahorros están garantizados por la buena gestión, resultados positivos y solidez patrimonial.
No estamos autorizados a captar recursos del público, solo realizamos operaciones con nuestros socios. Según Resolución SBS 480-2019. Estamos regulados y supervisados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Inscritos en el Registro Nacional de COOPAC, bajo el Registro N° 0033 -2019-REG.COOPAC-SBS.