DEPÓSITO CTS

Es una modalidad de ahorro que recibe los depósitos por concepto de compensación por tiempo de servicios que el empleador de el socio está obligado a efectuar a nombre de este último de acuerdo a los parámetros legales vigentes.

Ver Tarifario de Depósito CTS

Requisitos

  • Ser socio CSCB.
  • Dirigido a: Socios de la cooperativa que tengan la condición de trabajadores dependientes (en planilla) de las diversas empresas o personas naturales con negocio denominadas «empleadoras».

Tienes alguna duda, llámanos al 042 – 558183 (Anexo 101)

No contamos con el fondo de seguros de depósitos (Ley 26702). Tus ahorros están garantizados por la buena gestión, resultados positivos y solidez patrimonial.
No estamos autorizados a captar recursos del público, solo realizamos operaciones con nuestros socios. Según Resolución SBS 480-2019. Estamos regulados y supervisados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Inscritos en el Registro Nacional de COOPAC, bajo el Registro N° 0033 -2019-REG.COOPAC-SBS.